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Pensando en las elecciones del bicentenario

de José Manuel Villalobos Campana

Policy Paper del Seminario online Conversaciones PolítiKAS realizado el 4 de junio

¿Qué podemos esperar del proceso electoral 2021? ¿las elecciones primarias son una necesidad o un riesgo en tiempos de crisis? ¿cuáles son los próximos pasos?

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Las Elecciones Generales en el Perú están programadas para el segundo domingo de abril del 2021, el año del bicentenario de la Independencia. En los últimos meses del 2020 debían llevarse a cabo las elecciones internas y luego las primaras, como lo establece la Ley N° 30998, norma que se aprobó como parte de las reformas impulsadas por el actual gobierno, a través de la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política1. Elecciones primarias, abiertas, simultáneas, obligatorias (PASO), iban a significar que, en el mes de noviembre de este año, más de veinticinco millones de peruanos acudan a las urnas para ratificar las listas de candidatos elegidas en las internas partidarias. Sin embargo, debido al COVID-19 que está poniendo en riesgo la vida de las personas y sus actividades económicas y sociales, las elecciones en varios lugares del mundo, entre ellos el Perú, también se han visto afectadas. En algunos países incluso las elecciones han sido postergadas.

ELECCIONES PRIMARIAS: NECESIDAD O RIESGO EN TIEMPO DE CRISIS

Se ha formado un consenso en el Congreso de la República, respaldado por diversos actores, para eliminar las PASO; primero, porque realizar unas elecciones de alcance nacional, encontrándonos aún bajo la amenaza del virus, sería por decir lo menos, irresponsable; y, segundo, porque dicha innovación a nuestro sistema electoral nos costaría en promedio cuatrocientos millones de soles que podrían ser utilizados para implementar todas las medidas sanitarias que demande la realización del proceso electoral del próximo año.

PENSANDO LOS PRÓXIMOS PASOS

La amenaza de la COVID-19 a las elecciones peruanas no se contrarresta únicamente eliminando del cronograma electoral a las primarias; requerimos una reingeniería electoral que adecúe nuestro proceso electoral a las exigencias que la circunstancia que estamos atravesando demanda, para lo cual es necesario que las alternativas que se propongan desde el Legislativo y los organismos electorales sean consensuadas con los partidos políticos. Son diversos los proyectos de ley que se han presentado, los cuales apuntan a realizar reformas que permitan afrontar el proceso electoral. Cada uno de ellos han sido analizados por los organismos electorales, cuyos titulares han presentado sus puntos de vista y recomendaciones ante la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República, encargada de estudiar las propuestas y presentar un dictamen con el texto sustitutorio de la fórmula legal que será sometida a la aprobación de la representación nacional.

ELECCIONES INTERNAS

Descartadas las PASO para el año 2020, la atención estará puesta en el proceso de democracia interna que realizarán los partidos para seleccionar a sus candidatos de cara a las Elecciones Generales, fijadas por la Constitución para el 11 de abril del próximo año. Los organismos electorales coinciden en que las internas se realicen en noviembre próximo, bajo su organización y fiscalización, empleando la modalidad de un militante un voto y el mecanismo de Votación Electrónica No Presencial (VENP), que permitiría eliminar el riesgo del contagio al que estarían expuestos los militantes de los partidos con el voto presencial.

Pero, por las preguntas que los congresistas miembros de la comisión efectuaron a los titulares del Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, se advierte una oposición a la modalidad de un afiliado un voto y a la utilización del VENP; lo cual es un indicador del sentir de los partidos, que en su mayoría preferirían realizar sus internas a través de delegados, modalidad que ha sido la más empleada y criticada desde que entró en vigor la Ley N° 28094, inicialmente denominada Ley de Partidos Políticos.

Los detractores de esta modalidad señalan que permite a las cúpulas partidarias manejar las elecciones internas, las cuales son organizadas por órganos electorales partidarios que de acuerdo con la ley deben ser autónomos, pero que en la práctica no necesariamente lo han sido. Compartimos este punto de vista, por eso no entendemos por qué esta modalidad se mantuvo en la propuesta del gobierno que se convirtió en ley2, al establecer que la elección de los candidatos a consejeros regionales y regidores se llevará a cabo bajo cualquiera de las tres modalidades que ya estaban previstas; es decir también por delegados, en elecciones internas organizadas por el órgano electoral del partido, el mismo que podrá contar de manera voluntaria y no obligatoria, con la asistencia técnica del JNE, la ONPE y el RENIEC.

Informes de la ONPE muestran que su participación en los procesos de elecciones internas de los partidos ha sido muy baja, debido a que la ley no exigía su intervención obligatoria, solo brindaba asistencia técnica al partido que se lo solicitaba.

Entonces, podría pensarse que una solución es que los partidos elijan a sus candidatos a través de delegados, pero en procesos electorales internos organizados por la ONPE y fiscalizados por el JNE, el cual además se encargaría de administrar justicia electoral. Con lo cual se garantizaría que efectivamente se realice la elección por delegados y que estos elijan de manera libre y secreta entre los precandidatos, sin ser direccionados por las cúpulas.

Se aduce que con esta modalidad el riesgo de contagiarse con el virus sería muy reducido, pero no se toma en cuenta que los delegados, previamente deberían ser elegidos por todos los afiliados de los partidos, con lo cual es inevitable el riesgo sanitario.

En este contexto, se podría considerar que la mejor manera de fortalecer a los partidos y se practiquen una verdadera democracia interna, es permitiendo que todos los militantes puedan tener el derecho de elegir a sus candidatos en unas elecciones realmente competitivas y transparentes: “Un afiliado un voto”.

VOTO ELECTRÓNICO

Para materializar las elecciones internas con un militante un voto, bajo las recomendaciones de aislamiento social producto del virus que nos amenaza, se deben evaluar las múltiples posibilidades, por ejemplo, el denominado Voto Electrónico No Presencial (VENP), solución tecnológica que la Oficina Nacional de Procesos Electorales nunca ha utilizado en unas elecciones nacionales, solo lo ha puesto a prueba en elecciones de organizaciones de la sociedad civil, como colegios profesionales o universidades.

¿Cómo hacer elecciones transparentes y confiables mediante el VENP, modalidad del voto electrónico que permite al elector sufragar desde cualquier lugar conectado a internet?

Esta modalidad es diferente al Voto Electrónico Presencial (VEP), que se ha estado aplicando de manera oficial desde la segunda vuelta de las elecciones presidenciales de 2011, aunque a baja escala3, la cual implica el ejercicio del voto de manera personal, acudiendo al local de votación y votar mediante urna electrónica.

No podemos dejar de señalar que el VENP o voto remoto es exitoso en Estonia, que tiene aproximadamente 1.5 millones de habitantes; su vasta experiencia positiva en la implementación se mide tanto por su funcionamiento como por sus costos, que es diez veces menor de lo que podría demandar el voto presencial.4

Para garantizar la transparencia del VENP sería necesario que la Oficina Nacional de Procesos Electorales realice las auditorías para acreditar que el sistema es invulnerable y por lo tanto confiable.

Recordemos que con ocasión de las elecciones congresales extraordinarias realizadas el 26 de enero de este año, misiones de observación electoral internacional, cómo la MOE OEA, recomendaron incorporar a la legislación electoral la obligación de realizar auditorías a todos los sistemas para el cómputo electoral con el fin de incrementar los niveles de confianza sobre la solución tecnológica5.

MEDIDAS PARA MITIGAR EL CONTAGIO

Para las elecciones del próximo año se plantean una serie de medidas, incluidas las sanitarias, para mitigar el riesgo del contagio entre los electores que acudirían a votar a los locales de votación.

Una de ellas es la implementación de la votación a distancia o voto postal, que se emplea en más de sesenta países en el mundo;6 sin embargo, para llevar a cabo esta modalidad de votación se requeriría contar con servicios de correo eficientes y confiables, que garanticen a los electores que recibirán a tiempo las cédulas de votación con sus respectivos sobres, y que luego estos serán devueltos totalmente sellados, preservando la secrecía e inviolabilidad del voto.

Otra medida planteada es instaurar el voto anticipado para que los electores sufraguen desde días antes a la fecha fijada para la elección; es decir, que no sólo se vote el domingo, sino que por segmentos pueda votarse incluso desde una semana antes, con horarios que permitan evitar la aglomeración en los locales y mesas de votación y un mayor orden.

También se ha sugerido adicionar tres horas a la jornada de votación, la cual de acuerdo con ley empieza a las 8:00 a.m. y concluye a las 4:00 p.m. Podría ser de 7:00 a.m. a 6:00 p.m.

Así mismo, se propone reducir el número de electores por mesa de votación, que hoy está por encima de los 200 electores, debiendo fijarse un número menor; además, se deberían habilitar muchos más locales de votación, eligiendo de preferencia a aquellos que brinden una infraestructura que permita instalar las mesas con las distancias correspondientes. Se debe evitar habilitar locales de votación pequeños o muy cerrados.

A estas medidas se deberán sumar las disposiciones sanitarias que tendrán que dictarse para la realización de la votación presencial; por ejemplo, se podría tomar como referencia, pero siendo conscientes de las diferencias presupuestales abismales que nos separan, la experiencia de Corea del Sur, donde acaban de realizar elecciones en plena pandemia, el 15 de abril. Entre las medidas sanitarias que emplearon los coreanos se encuentra la medición de la temperatura a cada uno de los electores que entraba local de votación, aislándose a los que estuvieran con signos de fiebre; además, se dispuso una constante desinfección de los ambientes del local de votación, mesas de sufragio y cámara secreta.

No se debe perder de vista que para garantizar la efectividad de las medidas que se implementen, es primordial modificar la conformación de las mesas de sufragio. Actualmente, están integradas por tres miembros titulares y tres suplentes, elegidos mediante un sorteo; en caso un integrante no asista a la instalación, se le aplica una sanción pecuniaria. El actual sistema no ofrece mayores incentivos, salvo la posibilidad de utilizar un día de compensación en su trabajo, en caso tenga la suerte de contar con uno formal.

Para superar los inconvenientes que en nuestras elecciones se genera por la deficiente selección de miembros de mesa, podríamos recurrir al modelo colombiano, en la cual los servidores públicos son los seleccionados para encargarse de las mesas de sufragio. Al ser trabajadores del Estado, se les puede aplicar las sanciones administrativas por no cumplir correctamente el encargo y se les puede retribuir, otorgándoles los días de compensación necesario por el trabajo que realicen.

Esta medida garantizaría que las mesas de sufragio se instalen con puntualidad, con lo cual la votación fluiría más rápido y se podrían cumplir los horarios de votación que se establezcan para que los ciudadanos acudan de manera segmentada y ordenada, evitando las aglomeraciones.

CONCLUSIONES

Estamos a tiempo para analizar y debatir las propuestas necesarias para garantizar que las

Elecciones Generales 2021, incluidas las internas, se lleven a cabo como la mayor eficiencia que permita garantizar sobre todo la salud de todos los actores electorales.

Tenemos la ventaja de tener como referencia a las elecciones de decenas de países que tienen proyectado realizar sus procesos electorales antes que el nuestro. Por ello, se debe facultar a que el JNE y la ONPE dicten las directivas de orden procedimental que ayuden a la realización del proceso electoral.

 

REFERENCIAS

 1 https://www.kas.de/es/web/peru/einzeltitel/- /content/perspektiven-einer-politischen-reform-in-peru-1  

2 Artículo 27° de la Ley 28904, modificada por la Ley N° 30998.

3 En las ECE 2020 solo el 7.4 % del total del padrón electoral estuvo programado para votar con el VEP  

4 https://www.noticiaselectorales.com/estonia-el-pequeno-gigante-del-voto-en-linea/  

5https://www.oas.org/es/centro_noticias/comunicado_prensa.asp?sCodigo=D-002/20  

6file:///C:/Users/villa/Downloads/ACSM001%20Cuadro%20comparativo%20de%20paises%20que....pdf  

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