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“Soy partidario total de los diálogos que se están adelantando. Los acuerdos son fundamentales, porque son presupuestos para construir paz. Sin embargo, es necesario desactivar las causas del conflicto. Cuando se está en proceso de paz, hay que cambiar la forma de pensar”, aseguró.
Alcances y límites en materia de participación
En el primer panel, los representantes de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, Juanita Goebertus y Julián Arévalo, destacaron que una vez se llegue a un acuerdo final, este deberá ser sometido a refrendación popular.
Arévalo aseguró que en materia de partidos políticos, se acordó desarrollar un estatuto de oposición. Sobre este punto, aclaró que lo relacionado con las circunscripciones especiales de paz, las zonas y el número de representantes está por definir.
“Se abrirán espacios en medios de comunicación, para que se puedan conocer plataformas políticas de organizaciones sociales. También, se fortalecerán mecanismos de veeduría ciudadana”, explicó.
En cuanto a la reintegración política de excombatientes, Goebertus aseguró que no está prohibida, y que la Constitución contempló su participación (art. 12 transitorio). Además, indicó que la Corte Constitucional ha respaldado la participación política de excombatientes (Sent. C-986/10). En todo caso, “la discusión sobre participación en política pasa por el reconocimiento de responsabilidad y reparación a las víctimas”, advirtió.
De la ilegalidad a la democracia
Durante el panel Los retos de la transición de la ilegalidad a la democracia, los participantes, Carmen Palencia, Alejandro Éder y León Valencia, se refirieron a los principales problemas que deberán enfrentar los desmovilizados al término del conflicto.
Palencia, presidenta de la Asociación Nacional de Víctimas, destacó que el gran reto para el proceso es que sea efectivo y no haya grupos que deriven en nuevas disidencias. Además, aseguró que la relación de desmovilizados paramilitares y miembros del Ejército y la Policía sigue vigente.
“Se deben desactivar las causas que originaron la toma de las armas. Una de ellas es el acceso a la tierra, eso pasa por una restitución rápida, efectiva y eficaz”, indicó. Y dejó en claro que la garantía de participación política de los excombatientes debe ser real.
De acuerdo con Valencia, director de la Fundación Paz y Reconciliación, la paz solo se puede conseguir si se garantiza el acceso a la participación en política de los ex combatientes. “Hay un problema grande para vender la paz. No va a haber paz barata. Si se quiere paz, hay que abrir el sistema político. Los que le han metido violencia a la política no son solo de la guerrilla, también las élites políticas colombianas”, agregó.
Por su parte, Éder, director de la Agencia Colombiana para la Reintegración, se refirió a los retos que deberán enfrentar los desmovilizados para hacer tránsito hacia la legalidad. Uno de ellos es el legal, pues “los cambios de reglas pueden generar desconfianza”. El segundo es la garantía de la seguridad de los desmovilizados, y el tercero, el respeto de los derechos individuales de los desmovilizados. “No se puede olvidar que ellos también tienen derechos humanos”, concluyó.
Conexidad en delitos políticos
En cuanto a los criterios para la definición de los delitos conexos al delito político, Jorge Fernando Perdomo, Iván Orozco, Gustavo Gallón y Juan Carlos Lancheros se refirieron a la posibilidad de reconocer únicamente como conexos los actos que hayan sido cometidos en el marco del conflicto armado.
En ese sentido, Perdomo, vicefiscal general de la Nación, sostuvo que este tipo de delitos persiguen un fin altruista y que su concepto no está establecido claramente en la Constitución. “Si uno mira las sentencias de la Corte Constitucional, los salvamentos de voto, el concepto se refiere a todo menos a una solución pacífica. Nos hemos acostumbrado a decir que el delito político es la asonada, pero su concreto teórico no está solucionado”, indicó.
A su turno, Gallón, director de la Comisión Colombiana de Juristas, se refirió a la importancia de otorgar un adecuado tratamiento judicial a la violación de derechos humanos. “Eso no significa que estemos pidiendo en todos los casos cárceles. El tratamiento de la pena es algo que no necesariamente se deriva de lo anterior. El hecho de que se establezca responsabilidad no necesariamente tiene que traducirse en cárcel”, advirtió. En su opinión, el punto de partida debe ser el reconocimiento del daño por parte de todos los combatientes.
Por su parte, Lancheros, director de la Fundación Derecho Justo, resaltó que el reconocimiento de la participación política de los excombatientes es importante para legitimar el proceso de paz. “Si no legitimo no voy a tener ningún resultado positivo”, explicó, y agregó que el Derecho, en este caso, está al servicio de la política. “Desde el punto de vista jurídico, debe haber un conceso sobre el concepto esencial de lo que se conoce como delito político”, agregó.
Finalmente, el abogado y catedrático Iván Orozco sostuvo que vincular delitos comunes al delito político representa la posibilidad de participación en política de las guerrillas. “Mi convicción es que se debe establecer una suerte de presunción de politicidad para los miembros que hagan parte de un proyecto político-ideológico”, concluyó.
Participación en política de las FARC
Finalmente, durante el último panel del foro, Luis Eduardo Montealegre, Matthias Herdegen, Rafael Guarín, Juana Acosta y José Rafael Espinosa se refirieron a si la Constitución de 1991 permite o no la participación política de los excombatientes.
Sobre este punto, Montealegre, fiscal general de la Nación, sostuvo que no existen en la Constitución límites o prohibiciones expresas para que un grupo de desmovilizados se convierta en partido político. “Los principios de la Constitución van en la línea de los principios de la democracia deliberativa. La única regulación de la conexidad en la Constitución es que el delito de lesa humanidad no puede ser conexo al político. El principio que rige la regulación de la conexidad es la racionalidad“, explicó.
Guarín, exviceministro de Defensa, aclaró que lo que determina el delito político son las características del mismo, y que los miembros de la guerrilla que cometieron crímenes de guerra, delitos transnacionales como narcotráfico, actos de terrorismo y graves violaciones a los derechos humanos no pueden participar en política o ser servidores públicos. “Es diferente que se pueda crear un partido a que todos los guerrilleros pueden participar en política”, señaló.
Finalmente, Espinosa, investigador de Dejusticia, resaltó que la legislación internacional no pone limitaciones a la participación política de excombatientes. “Tomémonos en serio la idea de que esto es una negociación, lo que implica concesiones”, concluyó.
**Informe publicado originalmente por Ámbito Jurídico. Para verlo haga clic aquí
¿Por qué hablar sobre la participación política de los excombatientes?