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Taller

Fortalecimiento de las capacidades de los operadores de justicia centroamericanos para la protección de los DH

Corte Interamericana de Derechos Humanos, Instituto Interamericano de Derechos Humanos, Comisión Interamericana de Derechos Humanos

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En el marco de un encuentro de las Cortes y Salas Constitucionales de Centro América y República Dominicana convocado por la Fundación Konrad-Adenauer se aprobó en agosto de 2007 la denominada “Declaración de San Salvador”, en uno de cuyos acuerdos se estableció el desarrollo de programas y capacitación dirigidos a los letrados, asesores y colaboradores jurídicos de los tribunales de la más alta jerarquía y de cortes y salas constitucionales de los poderes judiciales de dicha región.

El cambio de circunstancias políticas en los Estados de la región ha provocado mayor presencia y una ampliación del rol que los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (CIDH y Corte IDH) juegan en los contextos políticos, institucionales y judiciales dentro de esos Estados. Así, la jurisprudencia internacional ha demostrado en numerosas ocasiones su potencial como referente y fuente de legitimación de las decisiones que las autoridades estatales adoptan en el marco de sus respectivas competencias. En efecto, uno de los fundamentos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tratado interamericano fundamental del sistema, es precisamente el principio de subsidiariedad y complementariedad, según el cual el respeto, garantía, promoción y protección de los derechos humanos es tarea primaria y primordial de los Estados y sólo subsidiaria y complementariamente de los órganos de supervisión interamericanos. Bajo esta concepción, y consciente de las posibilidades reales de que un caso llegue ante el Sistema Interamericano, la Corte IDH ha desarrollado el concepto de “control de convencionalidad”, según el cual cuando un Estado ha ratificado un tratado internacional como la Convención Americana, sus operadores de justicia también están sometidos a ella, lo que les obliga a velar porque el efecto útil de aquélla no se vea mermado o anulado por la aplicación de normas internas contrarias a sus disposiciones, objeto y fin. En otras palabras, los órganos del Poder Judicial y, en general, los operadores de justicia, deben ejercer ese “control de convencionalidad” ex officio entre las normas internas y la Convención Americana, tarea en la cual el Poder Judicial de cada Estado debe tener en cuenta el propio tratado y la interpretación que del mismo haya hecho la Corte IDH, intérprete última de la Convención Americana.

En esa lógica, la legítima, fundamentada y cualitativa aplicación de la jurisprudencia del Tribunal requiere de un adecuado conocimiento de la misma por parte de los operadores de los sistemas de justicia nacionales. Por tanto la Corte IDH considera de especial relevancia, en orden a incrementar un efectivo “control de convencionalidad”, la profundización de ese “diálogo jurisprudencial” entre la Corte IDH y estos operadores. Como un paso adelante en este sentido, y siendo consecuentes con los Acuerdos de la Declaración de San Salvador arriba mencionados, el proyecto busca implementar un proyecto de capacitación especializada y a mediano plazo dirigido a operadores de justicia de los Estados de Centroamérica y República Dominicana, basado en el estudio del Sistema Interamericano de Derechos Humanos e intercambio de experiencias jurisprudenciales, con miras a fortalecer el trabajo que nuestras organizaciones e instituciones realizan a favor de los derechos humanos y la democracia en la región.

La primera fase de este proyecto regional se inició con la inauguración de la ronda de cursos en El Salvador. Ahora, en su segunda fase se continúa en Guatemala.

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Lugar

El Salvador, Guatemala, Costa Rica, Nicaragua

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Rudolf Huber

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