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Marco Constitucional de los Derechos Fundamentales de las Mujeres Indígenas y Liderazgo en Organizaciones Comunitarias

Talleres

En el mes de mayo se llevaron a cabo tres talleres en el departamento de Chuquisaca de Bolivia sobre los derechos fundamentales de las mujeres indígenas y liderazgo. El primer taller se realizó en Sucre, el segundo en Padilla y el último en Camargo.

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Del 6 al 7 de mayo se llevó a cabo el primero de los tres talleres programados sobre el “Marco constitucional de los derechos fundamentales de mujeres originarias y liderazgo en organizaciones comunitarias en el Departamento de Chuquisaca” en la ciudad de Sucre. El mismo tema se tratará del 12 al 13 de mayo en Padilla y del 19 al 20 de mayo en Camargo.

Estos talleres son conjuntamente organizados por el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, la Defensoría del Pueblo, el Mecanismo de Control Social, la Fundación Infocal de Chuquisaca, el Centro de Asesoramiento al Desarrollo Social y la Fundación Konrad Adenauer en Bolivia.

Los talleres están destinados a mujeres líderes de organizaciones sociales. El objetivo es desarrollar las capacidades de estas mujeres en la temática de liderazgo, así como el conocimiento de sus derechos fundamentales desde la óptica de la mujer y, específicamente, en el marco de la Nueva Constitución Política del Estado y sus leyes.

El fortalecimiento de la democracia es un tema fundamental para la Fundación Konrad Adenauer, esto es, la inclusión de toda la ciudadanía al sistema democrático, sistema que permite que un país sea más justo, solidario y participativo. Por ello, la KAS no sólo hace hincapié en fortalecer la participación política de los indígenas con su Programa Regional de Participación Política Indígena, en general, sino también de las mujeres indígenas, en particular.

En muchas culturas indígenas existe el principio dual, conocido en el mundo aymara de Bolivia como el “chacha warmi” (hombre-mujer) que se refiere a la armoniosa complementariedad andina entre ambos sexos. Sin embargo, los roles femenino están, como en muchas sociedades, condicionados por la maternidad. Derechos tales como los derechos políticos de la mujer recién fueron reconocidos en Bolivia en 1952 con la aprobación de la Declaración de los Derechos Humanos que en sus artículos 1 y 2 declara que: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derecho y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Toda persona tiene todos los derechos y libertades sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política u otra….”.

En la práctica, a pesar de los avances que se ha hecho en el ejercicio de los derechos políticos y civiles, las mujeres estuvieron y están al margen del cumplimiento de esta normativa debido a prejuicios, estereotipos, por usos y costumbres, así como por la falta de aplicación de políticas públicas.

Los talleres realizados en el Departamento de Chuquisaca fueron y son importantes porque muchas mujeres siguen pensando que en una sociedad patriarcal como la es la boliviana, es normal que el rol de la mujer siga ciertos patrones limitados. Sin embargo, los talleres aclararon que las mujeres deberían luchar en contra de la discriminación y la violencia, deberían exigir respeto, tienen derecho a la salud y a empleos dignos, entre otros. También se abordó el tema del liderazgo y cómo debería ser una buena líder. Durante los trabajos en grupo no sólo se identificaron a lideresas locales sino también sus características y sus acciones. En un segundo trabajo grupal se trabajó el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades y cómo se debería aplicar el contenido de este documento a la actividad cotidiana.

El tema de los derechos fundamentales de la mujer permitió a muchas participantes que pensar. Una participante afirmó que “no sabía que las mujeres tenían derechos”. En la actual Constitución Política del Estado existen varias leyes que abogan por los derechos de la mujer como el Art. 14 que prohíbe la discriminación, el Art. 15 (II) y 45 (V) que específicamente protegen a la mujer contra cualquier tipo de violencia, entre otros. Por otro lado también se habló sobre el derecho laboral, el derecho de libertad, el derecho a la igualdad, el derecho políticos, el derecho al ejercicio de la función pública y el derecho de la educación.

Posteriormente, representantes de la Defensoría del Pueblo hablaron sobre las acciones constitucionales de protección de derechos, instrumento que representa un medio de defensa a los derechos. Existen seis acciones como la de libertad (locomoción), amparo constitucional (aplica a todos los derechos salvo al de libertad), protección de privacidad (derecho a información, privacidad e intimidad), inconstitucionalidad (cuando normas es contraria a Constitución y afecta los derechos), cumplimiento (cuando servidores públicos incumplen disposiciones constitucionales o de la ley) y popular (protección de derechos en grupo/colectivo en expela lo que es la seguridad pública, medio amiente, espacio, patrimonio, etc.). Además se explicó el propósito de la Defensoría del Pueblo, esto es, velar por el cumplimento de los Derechos Humanos cuando éstos son violados por funcionarios públicos, no por personas privadas. También se elaboró la presentación y el trámite de quejas ante la Defensoría del Pueblo y se hizo hincapié en otras instituciones que están al servicio de la defensa de los derechos.

El taller dejó claro que existe una estructura normativa a favor de las mujeres, pero que en la práctica la misma no es aplicada. Por ello es importante que las mismas mujeres tomen la iniciativa e insistan en el cumplimiento de las leyes mediante el diálogo con el sexo opuesto y acciones de defensa constitucionales. También es importante que las mujeres indígenas sigan asistiendo a talleres sobre este tema y no sólo apliquen lo aprendido en el día a día sino también repliquen sus nuevos conocimientos para abrir caminos a otras mujeres que no tienen las posibilidades de conocer sus derechos, toda vez que en un sistema democrático todos deberían tener acceso a la información sobre sus derechos.

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